Preguntas frecuentes sobre la Formación bonificada

faqMutación, es la palabra la más adecuada para definir lo que está pasando en el mercado de la Formación bonificada en España. ¡Por fin! Parece que nos encaminamos a una estructura de gestión de los fondos cotizados (por empresa y trabajador) más adecuada a los intereses de los que necesitan formación y los que quieren formar. El fin de estos fondos es incrementar la “empleabilidad”, obligando de alguna manera desarrollar las competencias de nuestros colaboradores a través de la formación.

Las muy malas gestiones y las prácticas fraudulentas de ciertas organizaciones sindicales, patronales y de “presuntas empresas” de formación han hecho que las propias empresas duden de la veracidad de estos fondos dedicados a financiar la formación, e incluso en ciertos casos les ha hecho renunciar, indirectamente, a sus derechos.

Proponemos en este artículo respuestas muy concretas a las dudas que nos expresan regularmente nuestros clientes y las empresas que quieren acercarse de nuevo a la formación, beneficiándose de lo que ya cotizaron.

¿Qué es la Fundación tripartita (FUNDAE)?: La Fundación Tripartita (FUNDAE) es una organización sin ánimo de lucro perteneciente al Sector Público Estatal.Se llama tripartita pues representa, la Administración general del estado, las organizaciones patronales y las sindicales . A través de su patronato, gestiona los fondos de formación cotizados por empresas y empleados.

¿Los cursos de la fundación Tripartita son realmente gratuitos?: No son gratuitos, el importe de la formación se paga, y después se deduce de lo que tiene que pagar la empresa como seguridad social. Al final puede resultar efectivamente a coste 0 (cero), pero se debe abonar el importe de la formación antes de deducir su coste

¿Qué es el crédito de formación?: El crédito de formación es la cantidad que cada empresa y cada trabajador ha cotizado en  la Seguridad Social en concepto de cuota de formación profesional durante el año anterior. Este monto es el que se puede recuperar para financiar la formación de dicha empresa (y de sus colaboradores).

¿Tengo obligación de formar a mis empleados o colaboradores?: Sí, según la reforma laboral del Real Decreto Ley 3/2012, del 10 febrero se reconoce la formación profesional como un derecho del trabajador y estableciendo un derecho a un permiso retribuido para formación de 20 horas anuales, para todos los trabajadores con más de un año de antigüedad. Hasta el 2016 su puede acumular el número de horas, pero entonces cada trabajador podrá exigir 100 horas de formación.

¿El Forcem y la Fundación Tripartita son lo mismo?: 
Sí, FORCEM es la denominación que tenia antes este organismo cuando se firmaron los primeros acuerdos sobre formación continua. Ahora la formación continua se llama Formacion profesional para el empleo y los gestiona la Fundación Tripartita.

La Fundación Tripartita (FUNDAE) se crea en el año 2001.  Ambas organizaciones se fusionaron en 2004 tras un periodo de colaboración conjunta para constituir Fundación Tripartita para la formación en el Empleo, órgano gestor de la bonificación actual.

¿Cómo autónomo puedo bonificar formación?: Desafortunadamente los autónomos no pueden bonificar la formación, debido a las características de su régimen de cotización, pero sí podrán bonificar aquellos trabajadores asalariados del mismo.

¿Cómo calculo el crédito de formación?: Calcular el crédito para formación disponible es fácil y rápido, hay que tener en cuenta la plantilla media de trabajadores de la empresa del año anterior, así como la cuota de formación profesional de cada trabajador.

Según la plantilla de trabajadores, la media de bonificación puede ser la siguiente: (es una MEDIA)
De 0 a 9 trabajadores: unos 420 €
Más de 10 trabajadores: unos 65€ por trabajador.
Igualmente, si quiere conocer exactamente cual es su crédito de formación puede contactar con Trivière Partners, donde un grupo de profesionales, le ayudara gratuitamente en lo que necesite.

¿Sí no utilizo el crédito de formación lo pierdo?: El crédito de formación se renueva en cada ejercicio fiscal, por lo que si no se utiliza a lo largo de un año natural, se pierde la oportunidad formativa de ese año, pues no existe la posibilidad de acumular crédito de un año a otro. (por el momento, esperemos que cambie)

¿Qué es una empresa organizadora?: Las empresas organizadoras en la Fundación Tripartita son las que tienen acceso a realizar, comunicar y gestionar las bonificaciones de empresas o grupos de empresas, mediante los convenios de adhesión a la Fundación Tripartita. Por ejemplo, Trivière Partners es una empresa organizadora de la Fundación Tripartita.

¿Cómo puedo recuperar el crédito de formación?: Trivière Partners puede facilitar la recuperación del crédito, para esto es necesario la firma de la Adhesión al convenio, el cual acredita  a Trivière Partners como entidad que puede gestionar la bonificación en el aplicativo de Fundación Tripartita. Una vez realizado el alta de su empresa en el aplicativo, podrán informarle del crédito del que dispone y ayudarle a planificar, organizar y optimizar su plan de formación.

¿El crédito de formación se reparte a partes iguales entre trabajadores y/o centros de trabajo? El crédito de formación para cada empresa se establece por el total de plantilla, independientemente de la totalidad o el volumen de centros de trabajo que disponga, por lo que en principio no se establece una repartición del crédito por los centros de trabajo que pueda tener, si no en función de las necesidades de formación del total de la empresa.

Sólo en caso que la empresa disponga de Representación Legal de los Trabajadores, la formación a realizar por los trabajadores deberá tener la aprobación favorable de la RLT previo al inicio del curso, para verificar que existe el acuerdo general para la realización del curso.

¿Cuándo puedo bonificar la acción formativa?La bonificación de una acción formativa en concreto se hace efectivo una vez ha finalizado y se ha cerrado la comunicación del curso en la aplicación telemática de la Fundación Tripartita. La bonificación se puede realizar a lo largo del ejercicio del año en curso, eso quiere decir que se podrá aplicar el descuento en los Seguros Sociales, del total comunicado en los costes de formación, hasta el último día hábil de plazo para presentar el TC correspondiente al último mes del año (31 de enero)

Espero que os sea de utilidad, y no dudéis en formular más preguntas.

Por: Trivière Partners