El 7 de marzo de 2019 se publicó el nuevo RD-Ley 6/2019 de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en empleo y ocupación. Una de las medidas tomadas consiste en que todas las empresas de más de 50 trabajadores deberán contar con un Plan de Igualdad.

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¿Qué es el Plan de Igualdad?

Conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en empresa igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar discriminación por razón de sexo.
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Empresas obligadas a elaborar Planes de Igualdad

Desde el 7 de marzo de 2022, todas las empresas de más de 50 personas trabajadoras.
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Construcción del Plan de Igualdad

Te acompañamos desde la Constitución de la Comisión Negociadora de Igualdad, pasando por la recopilación y análisis de la información, hasta la elaboración de Plan de Igualdad y la implementación de acciones positivas. Además formamos a la Comisión de Igualdad.
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Otros elementos imprescindibles según RD 901 y 902/2020

  • Auditoría Retributiva y Valoraciones de Puestos de Trabajo con Perspectiva de Género: Cómo asegurar que la organización cumple con el principio de igualdad retributiva.
  • Tanto la Auditoría Retributiva como la valoración de puestos de trabajo, deben permitir hacer una reflexión desde la base de la realidad de su sistema retributivo de manera completa y transversal, permitiendo identificar las pequeñas desviaciones e iniciar un plan de acción para revertir la tendencia de las mismas.
 

¿POR QUÉ TRIVIÈRE PARTNERS?

En la medida en que las organizaciones seamos capaces de mantener sistemas retributivos equilibrados proyectaremos una imagen de igualdad efectiva y tendremos más probabilidades de superar a nuestros competidores atrayendo al mejor talento. Las organizaciones, no podemos olvidar el compromiso y la responsabilidad que supone una política retributiva y el impacto que puede causar en sus stakeholders.
 
 

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